Publicado el Real Decreto que regula el trabajo a distancia en España
Estimado compañero:
El pasado miércoles, 23 de septiembre, fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 28/2020, que regula las condiciones del trabajo a distancia en España.
Es importante destacar que en la Disposición adicional cuarta, vuelve a considerarse como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo a las enfermedades padecidas por el personal que presta servicio en centros sanitarios o socio-sanitarios como consecuencia del contagio del SARS-CoV2 durante el estado de alarma, desde la declaración de la pandemia hasta que se levanten todas las medidas de prevención.
El Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto, de medidas financieras, incluía la medida citada anteriormente, y extendía el reconocimiento de esta situación a todos los contagios producidos desde el 1 de agosto de 2020 hasta que las autoridades sanitarias levantasen todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ampliando así la cobertura original que se había regulado limitada hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma (artículo 9 del Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo).
A principios del presente mes de septiembre, el Pleno del Congreso decidió derogar el citado Real Decreto-ley 27/2020, por lo que, la Seguridad Social no podía reconocer esta prestación hasta que no se volviera a producir una iniciativa legislativa que las repusiese, tal y como estaba reconocida, lo cual ha tenido ahora lugar con la mencionada Disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley que regula las condiciones del trabajo a distancia en España.
Recibe un cordial saludo
LA JUNTA DIRECTIVA