
El Colegio insta a que reviséis la oferta asistencial de vuestras clínicas para adecuarla a los servicios autorizados por la Xunta
Estimado/a compañero/a:
Nos ponemos en contacto contigo desde la Junta Directiva para informarte de un asunto importante. La Inspección de Servicios Sanitarios de la Xunta de Galicia nos ha comunicado que va a iniciar una campaña de revisión para asegurar que la OFERTA ASISTENCIAL que las clínicas dentales ofrecemos y publicitamos a los pacientes se corresponde exactamente con el SERVICIO SANITARIO que tenemos autorizados.
Como sabes, para poder ejercer, cada clínica debe contar con una autorización sanitaria concedida por la Xunta, según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre.
1.La autorización básica que tenemos la mayoría de las clínicas es la Unidad Asistencial U.44: Odontología/Estomatología. Esta autorización nos permite realizar todas las actividades propias de nuestra profesión (promoción de la salud bucodental, prevención, diagnóstico, tratamiento, prescripción de medicamentos, prótesis, etc.).
2.Sin embargo, existen otros servicios, como la medicina estética (U.47) o la cirugía maxilofacial (U.45), que requieren de sus propias autorizaciones sanitarias específicas. Para poder ofrecerlos legalmente, es imprescindible haberlos solicitado y obtenido de la Xunta previamente.
El problema que nos traslada la Inspección es que han detectado que algunas clínicas en nuestra demarcación están publicitando (en sus páginas web, redes sociales, etc.) servicios para los que no tienen la autorización sanitaria correspondiente.
La Xunta nos ha advertido que, tras un plazo voluntario de adecuación (aún no definido), comenzará a realizar inspecciones de oficio. El incumplimiento puede acarrear la imposición de sanciones.
¿Qué debes hacer para asegurar que tu clínica cumple con la normativa? Te recomendamos seguir estos tres sencillos pasos para evitar cualquier problema:
1.Revisa la resolución de autorización sanitaria de tu clínica: Es el documento oficial que te concedió la Xunta para la apertura de la clínica.
2.Revisa tu oferta de servicios: Compara los servicios sanitarios que figuran en tu autorización con TODOS los que ofreces y publicitas en cualquier medio (página web, redes sociales, folletos, cartelería en la clínica, etc.).
3.Actúa si encuentras discrepancias: Si estás ofreciendo o publicitando algún servicio para el que no tienes autorización expresa, debes cesar su prestación y publicidad. En caso de querer realizar dicha actividad, deberás contar con la previa autorización de la Xunta, por lo que deberías iniciar los trámites de solicitud correspondientes.
4.Te recordamos que el número de registro sanitario otorgado por la Xunta de Galicia al conceder la autorización a la clínica, debe estar expuesto, tanto en el propio local, como en las páginas web o en la publicidad de la oferta asistencial.
Desde el Colegio te recomendamos encarecidamente que realices esta comprobación a la mayor brevedad para evitar posibles inspecciones y sanciones.
Quedamos a tu disposición para cualquier duda que pueda surgirte en este proceso.
LA JUNTA DIRECTIVA
