
El Colegio está gestionando con distintas casas comerciales la adquisición de EPIs
Estimado compañero:
Pasados los primeros días del estado de alarma en donde la gestión de la Junta Directiva del Colegio centró sus esfuerzos en recopilar y trasladar la información relativa a la situación en la que quedaba nuestra profesión durante este tiempo, y una vez que la curva de contagio parece que empieza su curso descendente, estamos centrando nuestra labor en cómo será la vuelta a la actividad.
Ahora mismo la preocupación generalizada de la colegiación es la falta de equipos de protección individual (EPI’s) incluso para la atención de urgencias. Y lamentablemente es un hecho que el Gobierno está destinando el stock de estos elementos a los centros hospitalarios que más los necesitan.
Por nuestra parte estamos haciendo las gestiones necesarias con todas las “casas comerciales” para conocer la disponibilidad de (EPI’s) pero, además de la falta de “stock” nos estamos encontrando con precios fuera de mercado. Os remitimos un documento/resumen del estado actual de nuestras peticiones de información a las casas en el que se incluyen las que han contestado y las que no. Este documento se irá actualizando a medida que recibamos más información.
Estamos viendo como algunas empresas de venta de material sanitario sí están a la altura de la difícil situación que atravesamos, ajustando sus márgenes comerciales y ofreciendo precios adecuados. Sin embargo comprobamos como otras casas evidencian en su política comercial un claro espíritu especulativo. Sin duda esto lo tendremos en cuenta para el futuro cuando vayamos a adquirir nuestro material de protección.
La última novedad al respecto es que ayer, 19 de abril de 2020, se ha publicado la Orden del Ministerio de Sanidad SND/354/2020 “por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19”. La intención del Gobierno es limitar el precio de estos productos, aunque de momento no han explicado cómo se llevará a cabo y a quién afectará esta normativa.
Os recordamos que legalmente no es posible que un Colegio Profesional adquiera directamente estos productos (en China) para repartirlos entre sus colegiados puesto que , además de que “la compra-venta de material” no está entre sus funciones legales, el régimen fiscal al que está sometido le impide dedicarse al comercio. Los guantes, mascarillas y batas tienen la consideración de productos sanitarios (Clase I o Clase IIa) conforme al Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios. En nuestra legislación y conforme a la normativa sectorial (europea y estatal) aplicable, la importación, distribución y venta de productos sanitarios requiere de unas autorizaciones de la administración, que en la actualidad este Colegio (ni ninguno que conozcamos) dispone.
Atte.
Adriana Sanz Marchena.
Presidenta