El Colegio informa de los cauces para enviar ayuda a Ucrania
Estimado compañero:
Como ya sabes, nuestra Organización Colegial manifestó su profundo rechazo al ataque militar contra Ucrania, la total solidaridad con los miles de personas damnificadas por esta guerra y su apoyo al Gobierno de España en todas las iniciativas que se lleven a cabo para frenar las acciones bélicas de Rusia y proteger al pueblo ucraniano.
Además de las acciones que nuestro Gobierno pueda llevar a cabo, es importante la ayuda que se está prestando a título individual por los ciudadanos concienciados con esta tragedia; pero hay que tener en cuenta que las ONG que ya trabajan en el terreno y tienen experiencia en este tipo de situaciones son más efectivas a la ahora de canalizar la ayuda de lo que podamos ser los particulares enviando materiales. Las entidades especializadas en ayuda humanitaria cuentan con la logística para poder enviar lo que es necesario cuándo y dónde se requiere, por eso es clave apoyar su labor.
DONACIONES A UCRANIA:
La Embajada de Ucrania en España ha activado una cuenta bancaria en el Banco BBVA para donaciones destinadas a atender las necesidades humanitarias de las personas desplazadas temporalmente de Ucrania y víctimas de la guerra.
BANCO Bilbao Vizcaya Argentaria BBVA, 28043, Madrid, Av.Machupichu, 19
IBAN de cuenta ES86 0182 2251 0702 0159 9958
SWIFT / BIC BBVA ES MMXXX (euros)
IMPORTANTE Para hacer la transferencia es obligatorio indicar el nombre del emisor.
También se puede canalizar la ayuda a través de otras organizaciones, que se detallan en el archivo adjunto
SOLICITUDES DE PROTECCIÓN / FAMILIAS DE ACOGIDA:
Las solicitudes de protección temporal se tramitarán mediante el procedimiento de urgencia. El Ministerio de Interior concederá o denegará las peticiones en dicho plazo a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio.
La concesión de protección temporal puede solicitarse en comisarías y centros de recepción habilitados e incluye la autorización de residencia y trabajo.
Aunque algunos niños llegan sin la compañía de adultos, la mayoría lo hacen junto a sus madres, hermanos o abuelas y no podrán ser separados en diferentes unidades familiares.
Las familias interesadas en acoger un refugiado deberán acreditar una serie de requisitos como la ausencia de antecedentes o el compromiso de correr con todos los gastos que conlleva la acogida. En nuestro país las competencias en temas de acogida las tienen las comunidades autónomas en coordinación con la Administración Central del Estado. Los interesados deben acudir, en nuestro caso, a la Consellería de Política Social, e informarse del plan de acción disponible en ese momento. De cualquier modo, el proceso no es un trámite rápido, puesto que se debe acreditar la idoneidad de cada familia de recogida en cada caso.
Gracias por tu colaboración
LA JUNTA DIRECTIVA