Ayudas para la promoción de empleo de los autónomos
Estimados compañeros:
La Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad, ha publicado, en el Diario Oficial de Galicia número 16 del martes, 24 de enero de 2023, ORDEN de 9 de enero de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas Xempre autónomo para la promoción del empleo autónomo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa FSE+Galicia 2021-2027, y se realiza su convocatoria para el año 2023 (código de procedimiento TR341D.
La finalidad de este programa es la concesión de una ayuda económica a aquellas personas desempleadas que pretendan desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia como trabajadoras autónomas o por cuenta propia, para hacer frente a los distintos gastos generados en el comienzo de su actividad laboral.
Serán beneficiarias aquellas personas que causen alta definitiva en el régimen especial de autónomos o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023, ambos inclusive, como titulares o cotitulares del negocio o explotación, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
- Estar inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, en el momento del alta en vida laboral como personas autónomas o, en el caso de mutualistas, mediante certificado de la mutua, careciendo de ocupación efectiva según informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social y encontrarse en tal situación en la fecha de inicio de la actividad laboral.
- Tener iniciada la actividad según definición del artículo 6.3 con anterioridad a la presentación de la solicitud de la subvención.
- Encontrarse de alta en el impuesto de actividades económicas.
- Desarrollar su actividad empresarial o profesional en Galicia.
- Tener el domicilio fiscal en Galicia.
- No haber percibido subvenciones al amparo de los distintos programas de empleo autónomo en los tres años anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad.
- No haber desarrollado como personas trabajadoras autónomas la misma o similar actividad en los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad, ni que hayan estado de alta como personas trabajadoras autónomas en cualquier régimen de la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional.
Las solicitudes se deberán presentar obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
El plazo para presentar las solicitudes de ayudas del programa para la promoción del empleo autónomo se contará a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 29 de septiembre de 2023..
Cuantías:
2.000 € para personas desempleadas en general. 4.000 € para el caso de personas desempleadas que se encuentren en alguno delos siguientes colectivos, que no serán acumulables:
Personas menores de 30 años. Personas desempleadas de larga duración.
Personas desempleadas con discapacidad o en situación de dependencia.
Personas desempleadas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social.
Personas mayores de 55 años.
Se adjunta la Orden, con toda la información.
Un cordial saludo
LA JUNTA DIRECTIVA