
Ayudas para la digitalización de empresas
Estimado compañero:
El 30 de diciembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 313 la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España- Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU (Programa Kit Digital).
En este contexto, Red.es, organismo público competente para la concesión de las ayudas del Programa «Kit Digital», pone en marcha la Convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados) en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital), que tiene por objeto la concesión de ayudas a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento I son los siguientes:
- Sitio Web y Presencia en Internet
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 2.000 €
- Comercio electrónico
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 2.000 €
- Gestión de Redes Sociales
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 2.500 €
- Gestión de Clientes
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 4.000 € (incluye 3 usuarios)
- Business Intelligence y Analítica
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 4.000 € (incluye 3 usuarios)
- Gestión de Procesos
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 6.000 € (incluye 10 usuarios)
- Factura Electrónica
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 1.000 € (incluye 3 usuarios)
- Servicio y herramientas de Oficina Virtual
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 250 € por usuario (hasta 48 usuarios)
- Comunicaciones Seguras
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 125 € por usuario (hasta 48 usuarios)
- Ciberseguridad
- Meses de prestación del servicio: 12
- Ayudas para el Segmento I (10<50 empleados): 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos)
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas (según lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado ) y personas en situación de autoempleo del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
El plazo para la presentación de solicitudes se inicia el día 15 de marzo y estará abierto durante 3 meses.
Esta primera convocatoria es para empresas entre 10 y 49 trabajadores
La Segunda convocatoria está prevista iniciar en el mes de julio será para empresas entre 3 y 9 trabajadores
La tercera convocatoria está prevista para el mes de septiembre será para empresas de hasta 2 trabajadores
En el siguiente enlace se puede acceder a la página del organismo público desde el que se pueden realizar los trámites y obtener información:
También se adjunta archivo con la publicación del BOE.
Recibe un cordial saludo
LA JUNTA DIRECTIVA